Abogado de derecho administrativo en Granada

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Cuando el problema es con la Administración —una multa, una sanción, una licencia denegada o un daño causado por un servicio público— necesitas un abogado que domine los plazos y los procedimientos, porque en lo administrativo un plazo perdido puede cerrarte la puerta. En FRB Abogados llevamos más de 40 años en Granada asistiendo en todas las instancias.

En qué te ayudamos

Recursos administrativos

Interponemos recursos de reposición y alzada frente a resoluciones que te perjudican.

Sanciones y multas

Recurrimos sanciones administrativas y multas de tráfico, defendiendo tus derechos en el procedimiento.

Contencioso-administrativo

Acudimos a la jurisdicción contencioso-administrativa cuando la vía administrativa se agota sin darte la razón.

Urbanismo y licencias

Asesoramos en licencias, disciplina urbanística y expropiaciones.

Responsabilidad patrimonial de la Administración

Reclamamos la indemnización por los daños que te haya causado el funcionamiento de un servicio público.

Cómo trabajamos

Revisamos los plazos y la viabilidad desde el primer momento, te explicamos las opciones y te damos un presupuesto cerrado. Atendemos también en inglés y francés.

Por qué FRB Abogados

Cuatro décadas litigando frente a la Administración en Granada. Tu caso lo lleva Mercedes López Cantón, colegiada nº 2783 del ICAGR, con amplia experiencia en la jurisdicción contencioso-administrativa.

Contacta

Estamos en Plaza de los Campos 4, Granada. Llama al 958 22 14 30.

Recursos administrativos: alzada y reposición

Frente a una resolución de la Administración que te perjudica, tienes derecho a recurrir antes de acudir a los tribunales. El recurso de alzada se interpone en el plazo de un mes ante el órgano superior jerárquico cuando el acto no agota la vía administrativa; el recurso de reposición, también de un mes, es potestativo y se dirige al mismo órgano que dictó el acto cuando este sí la agota.

Elegir el recurso correcto y respetar los plazos es decisivo: un error de vía o una presentación fuera de plazo puede dejar firme el acto y cerrarte el camino judicial. En FRB Abogados analizamos la resolución, identificamos si agota o no la vía administrativa y preparamos el escrito con los motivos de impugnación adecuados. Estos recursos se regulan en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.

  • Recurso de alzada: un mes, ante el órgano superior.
  • Recurso de reposición: un mes, potestativo, ante el mismo órgano.
  • Recurso extraordinario de revisión en supuestos tasados.

El recurso contencioso-administrativo

Cuando la vía administrativa se agota y la Administración mantiene su decisión, el siguiente paso es el recurso contencioso-administrativo ante los juzgados y tribunales de este orden. El plazo general para interponerlo es de dos meses desde la notificación del acto expreso, o de seis meses cuando opera el silencio administrativo, conforme a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Es un procedimiento con reglas propias, exigencias formales estrictas y, con carácter general, intervención de abogado y procurador. Te acompañamos en la preparación de la demanda, la proposición de prueba y la defensa en vista, buscando la anulación del acto y, cuando procede, el reconocimiento de una situación jurídica individualizada o una indemnización.

Sanciones administrativas y multas de tráfico

Ante un expediente sancionador tienes derecho a formular alegaciones, proponer prueba y recurrir la sanción. En materia de tráfico, puedes presentar alegaciones frente a la denuncia y, tras la resolución sancionadora que agota la vía, acudir al recurso contencioso-administrativo. Revisamos la notificación, la tipificación de la infracción, la proporcionalidad de la sanción y posibles causas de nulidad o caducidad del expediente.

El procedimiento sancionador exige respetar garantías como la presunción de inocencia, la motivación y la competencia del órgano. Detectar defectos de forma, caducidad o prescripción puede llevar al archivo. Si tu asunto tiene además vertiente penal, coordinamos la defensa con nuestro equipo de derecho penal en Granada.

Responsabilidad patrimonial de la Administración

Si has sufrido un daño efectivo, evaluable e individualizado como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de un servicio público, puedes reclamar una indemnización por responsabilidad patrimonial. El plazo general para reclamar es de un año desde el hecho o desde que se manifiestan sus efectos, según la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015.

Estos supuestos abarcan daños sanitarios, caídas en la vía pública, errores en licencias o actuaciones defectuosas de la Administración. Analizamos la relación de causalidad y la existencia de un daño antijurídico que no tengas el deber jurídico de soportar, y cuantificamos la indemnización con informes cuando es necesario.

Licencias, urbanismo, expropiación y subvenciones

El derecho administrativo también interviene en tu relación con el urbanismo y el patrimonio. Te asesoramos en la obtención y defensa de licencias de obra y actividad, en procedimientos de disciplina urbanística, en la expropiación forzosa —donde defendemos un justiprecio adecuado ante el Jurado de Expropiación— y en la concesión, justificación o reintegro de subvenciones públicas.

  • Licencias urbanísticas y de actividad, y su defensa frente a revocaciones.
  • Expropiación forzosa y reclamación de justiprecio.
  • Subvenciones: solicitud, justificación y procedimientos de reintegro.
  • Función pública: oposiciones, concursos y régimen disciplinario.

En cuestiones de residencia y permisos administrativos, coordinamos con nuestra área de extranjería en Granada, y en reclamaciones con vertiente civil, con derecho civil y mercantil.

Silencio administrativo y plazos

Cuando la Administración no resuelve en plazo, entra en juego el silencio administrativo. Con carácter general, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado el silencio es positivo, salvo las excepciones previstas legalmente; en los iniciados de oficio susceptibles de producir efectos desfavorables, suele operar la caducidad. Conocer el sentido del silencio es clave para calcular tus plazos de recurso.

Vigilamos los plazos de notificación, resolución y recurso para que no pierdas ninguna oportunidad procesal. Un cálculo erróneo del inicio del cómputo puede suponer la firmeza del acto, por lo que revisamos cada notificación con detalle y te informamos con claridad de los siguientes pasos.

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tengo para recurrir una multa o sanción?
Los plazos administrativos son cortos y perentorios; contáctanos cuanto antes.
¿Qué es la vía contencioso-administrativa?
La judicial, a la que se acude cuando la vía administrativa no da la razón.
¿Puedo reclamar por un daño causado por la Administración?
Sí, mediante la responsabilidad patrimonial.
¿Lleváis urbanismo y licencias?
Sí.
¿Atendéis en inglés y francés?
Sí.
¿Dónde estáis?
En Plaza de los Campos 4, Granada.

¿Hablamos de tu caso?

Primera consulta con presupuesto cerrado. Atendemos en español, inglés y francés.

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El derecho administrativo se suma al resto de servicios de nuestros abogados en Granada, para acompañarte en todas las instancias del procedimiento.

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